El 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, que reforma el Reglamento General de Circulación. Lo que más te va a cambiar al volante de una furgoneta son tres cosas: para rebasar a un vehículo averiado, accidentado o a una grúa tendrás que dejar 1,5 metros y reducir al menos 20 km/h respecto al límite de la vía; en los atascos de autopista y autovía habrá que abrir un pasillo de emergencia sin esperar a oír la sirena; y con nieve en autopista quedará prohibido adelantar. Adelantar mal sigue siendo infracción grave: 200 euros, y cuatro puntos si hay un ciclista de por medio. Nada de esto cambia los requisitos para alquilar, pero sí cómo se conduce un vehículo ancho y más lento que un coche.
Qué cambia el 1 de octubre y por qué
El Consejo de Ministros aprobó el 24 de junio de 2026 el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE dos días después. No es una ley nueva: reforma el Reglamento General de Circulación, el texto de 2003 que regula cómo se circula en España. Entra en vigor el 1 de octubre, así que la DGT puede sancionar con los criterios nuevos desde ese mismo día.
La idea que ordena toda la reforma es una que hasta ahora no existía en el reglamento: la de usuario vulnerable de la vía. El anexo I incorpora el concepto y mete dentro a los peatones, las personas con discapacidad, los menores, las personas mayores, quienes tienen movilidad reducida, los ciclistas, los conductores de patinetes y los conductores y pasajeros de motos y ciclomotores. A partir de ahí, casi todas las obligaciones nuevas consisten en darles espacio.
Para quien conduce una furgoneta la lectura es directa: eres el vehículo grande de la ecuación. Mides más de dos metros de ancho con los retrovisores y frenas más tarde cuando vas cargado, así que las maniobras que la reforma endurece son justo las que peor se le dan a un vehículo así.
Rebasar a un averiado: 1,5 metros y 20 km/h menos
Es el cambio que más vas a notar, porque la situación se da constantemente. El artículo 88 del reglamento pasa a exigir que los vehículos que rebasen a otro inmovilizado mantengan una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros, aunque para conseguirlo tengan que ocupar parte de la calzada contraria. Y, además, que reduzcan la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.
No se aplica solo a los coches averiados: cubre también a los accidentados y a los que están trabajando, o sea grúas, auxilio, conservación de carreteras y regulación del tráfico. Si ves un camión de mantenimiento con la rotativa puesta o una furgoneta parada con la V16 encendida, la maniobra es la misma.
En furgoneta hay un detalle que casi nadie tiene en cuenta: la reducción se calcula sobre el límite de la vía, pero tú ya circulas con un límite propio más bajo. El artículo 48 del reglamento fija para los furgones 90 km/h en autopista y autovía y 80 km/h en carretera convencional. Cuando los dos números no coinciden, manda el más bajo.
| Tipo de vía | Límite de la vía | Vía menos 20 km/h | Tu límite en furgoneta | A cuánto puedes rebasar |
|---|---|---|---|---|
| Autopista o autovía | 120 km/h | 100 km/h | 90 km/h | 90 km/h |
| Convencional genérica | 90 km/h | 70 km/h | 80 km/h | 70 km/h |
| Convencional señalizada a 70 | 70 km/h | 50 km/h | 80 km/h | 50 km/h |
| Vía urbana a 50 | 50 km/h | 30 km/h | 50 km/h | 30 km/h |
Sobre la separación lateral, la regla es sencilla de recordar aunque incómoda de aplicar. Si la vía tiene más de un carril en tu sentido, cámbiate de carril entero: no vale arrimarte al lado izquierdo del tuyo. Si solo hay un carril, tienes que dejar los 1,5 metros aunque invadas parte del sentido contrario, y solo si puedes hacerlo con visibilidad y sin poner en riesgo a nadie. Si no cabe, no hay atajo legal: se reduce y se espera.
Ese metro y medio es más de lo que parece desde el asiento. Un carril convencional mide entre 3 y 3,5 metros y un furgón grande se va por encima de 2,3 con los retrovisores desplegados: en una convencional estrecha vas a pisar la línea central casi siempre.
Adelantar a ciclistas y usuarios vulnerables
El artículo 85 recoge ahora, con todas las letras, cómo se adelanta fuera de poblado a un peatón, un ciclista, un ciclomotor o un patinete: separación lateral mínima de 1,5 metros y reducción de al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si hay más de un carril en tu sentido, cambio de carril completo, sin excepciones.
En ciudad aparece una obligación nueva de las que se olvidan enseguida: hay que mantener al menos 5 metros de separación con el ciclista que circula delante de ti en tu mismo carril. Es la distancia de un coche entero. En una furgoneta, donde el capó es corto y la sensación de distancia engaña, conviene contar dos rayas de la calzada.
La otra cara del problema es la visibilidad. Una furgoneta de carga no tiene retrovisor interior y el ángulo muerto derecho es enorme, justo el lado por donde te va a aparecer el ciclista. Si todavía no te has acostumbrado a conducir con dos espejos, lo tenemos contado paso a paso en conducir una furgoneta por primera vez.
El pasillo de emergencia en los atascos
Esta es la novedad que más se va a notar en la A-42, la A-5 o la M-50 cualquier viernes por la tarde. El artículo 32 estrena el concepto de carril de emergencia: en autopistas y autovías, cuando por culpa de una retención los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, hay que orillarse para dejar un espacio libre por el que puedan pasar ambulancias, bomberos y grúas.
- Vía de dos carriles por sentidoEl hueco se forma en el centro: el del carril izquierdo se pega a la izquierda y el del derecho, a la derecha.
- Vía de tres o más carrilesLos que van por el carril izquierdo se desplazan todo lo posible hacia la izquierda; todos los demás, hacia la derecha.
- No esperes a la sirenaEl pasillo se abre cuando el atasco se detiene, no cuando llega la emergencia. Un vehículo grande necesita varios metros para reposicionarse y ya no los tienes si esperas.
El arcén, ojo, sigue sin ser un carril. El artículo 36 solo permite circular por él en los supuestos tasados de siempre, así que orillarte no significa meter la furgoneta entera fuera de la calzada.
Nieve en autopista: prohibido adelantar
El mismo artículo 32 incorpora una prohibición nueva y muy clara: cuando la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y es obligatorio circular por el carril situado más a la derecha. No depende de que haya nevada en ese momento, sino del estado de la calzada.
Si haces una mudanza de invierno hacia la sierra de Madrid, Segovia o el norte, cuéntalo en la planificación. Una furgoneta cargada, con el peso alto y neumáticos de serie, es de lo que peor se comporta sobre nieve compactada: ese día se sale antes y se va detrás, que además es lo que manda ahora la norma.
Motos por el arcén, semáforos y patinetes
El resto de la reforma no te obliga a ti directamente, pero cambia lo que te vas a encontrar por delante:
- Motos por el arcén derecho. El artículo 36 permite que las motocicletas usen el arcén derecho en situaciones de congestión, en columna de a uno, a un máximo de 30 km/h y solo donde esté expresamente habilitado y señalizado. Si te orillas a la derecha en un atasco, mira el espejo antes.
- Semáforos con una fase roja nueva. La luz ámbar intermitente ya no podrá coincidir con el verde fijo del peatón: los ayuntamientos tendrán que reprogramar los cruces e intercalar un rojo fijo antes del ámbar. En algún cruce que te sabías de memoria te vas a comer un rojo donde antes pasabas.
- Patinetes. El artículo 155 fija en 15 años la edad mínima y hace obligatorio el casco homologado. Seguirán sin poder ir por aceras ni por vías interurbanas.
- Cinturón. El artículo 119 recorta las exenciones que permitían a algunos profesionales no llevarlo puesto. Si repartes, deja de ser negociable entre parada y parada.
Si la que se queda parada es tu furgoneta
La reforma de octubre regula cómo se rebasa a un vehículo inmovilizado. La otra mitad del asunto ya cambió en enero: desde el 1 de enero de 2026 la baliza V16 conectada es el único dispositivo válido para preseñalizar una avería o un accidente en España. Los triángulos dejaron de ser el dispositivo reglamentario, aunque llevarlos como complemento no se sanciona.
No basta con que la baliza dé luz: tiene que estar homologada, figurar en el registro oficial de la DGT y enviar su posición sola a la plataforma DGT 3.0, para que el resto de conductores reciban el aviso. No llevarla es infracción leve, 80 euros. Usar un aparato que no cumple equivale a no señalizar y puede irse a los 200.
Con una furgoneta cargada hay un motivo extra para no quedarse dentro: el peso empuja hacia delante en cualquier alcance. Cómo repartirlo y sujetarlo lo explicamos en cómo cargar una furgoneta de forma segura.
Qué significa todo esto si alquilas
Las normas de circulación son del conductor, no del vehículo. Da igual que la furgoneta sea tuya o alquilada: las obligaciones y las multas van contigo. Si llega una sanción, la empresa de alquiler identifica ante la DGT a la persona que figuraba en el contrato ese día y el expediente termina en tu nombre.
Lo que sí depende del vehículo es el equipamiento obligatorio. La baliza V16 va a bordo, así que al recoger la furgoneta pregunta dónde está guardada y compruébalo, igual que compruebas el chaleco y la rueda de repuesto. Es un minuto y es la diferencia entre resolver una avería y sumar 80 euros al disgusto.
Los requisitos para alquilar no cambian con esta reforma. En NETFURGO seguimos pidiendo 25 años cumplidos y carnet B con al menos dos años de antigüedad, el DNI o pasaporte en vigor y una tarjeta para la fianza, que es de 200 o 300 euros según el modelo y se libera al devolver. Toda la flota es carnet B y cambio manual, con seguro y 200 km al día incluidos: la tienes entera en la flota, y la calculadora de carga te dice qué tamaño necesitas. Si tu ruta termina dentro de la M-30, repasa además la Zona de Bajas Emisiones de Madrid, que es otra multa de 200 euros por cámara.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se aplican las nuevas normas de circulación?
Desde el 1 de octubre de 2026. El Real Decreto 518/2026 se publicó en el BOE el 26 de junio, con tres meses de margen antes de entrar en vigor. Dos medidas se retrasan hasta el 1 de octubre de 2027: el alumbrado obligatorio de los patinetes y el casco homologado para motoristas.
¿A qué velocidad puedo pasar junto a un coche averiado en el arcén?
Reduciendo al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y dejando 1,5 metros de separación lateral. En una convencional limitada a 90 son 70 km/h como máximo. En furgoneta manda siempre el más bajo de los dos números: en autovía la resta deja 100, pero tu límite propio es 90 y no puedes pasar de ahí.
¿Tengo que cambiarme de carril para rebasar a un vehículo parado?
Si la vía tiene más de un carril en tu sentido, sí: la norma exige cambiar de carril completo. Si solo hay uno, tienes que dejar los 1,5 metros aunque para ello invadas parte del carril contrario, siempre que puedas hacerlo con seguridad. Si no cabes, la única salida legal es reducir y esperar a que haya visibilidad suficiente.
¿Cuánto es la multa por no respetar la nueva distancia?
Un adelantamiento antirreglamentario es infracción grave: 200 euros, que se quedan en 100 con pronto pago. Cuando la maniobra pone en peligro o entorpece a un ciclista, además restan cuatro puntos del carnet según el anexo II de la Ley sobre Tráfico.
¿Qué es el pasillo de emergencia y cuándo hay que abrirlo?
Es el hueco que deben dejar los vehículos en autopista y autovía cuando una retención les obliga a circular a paso de peatón o a detenerse, para que pasen ambulancias, bomberos y grúas. Con dos carriles se forma en el medio; con tres o más, los del carril izquierdo se pegan a la izquierda y los demás a la derecha. Se abre en cuanto el atasco se para, sin esperar a oír la sirena.
¿Afecta esto a una furgoneta de alquiler?
Las normas de circulación son del conductor, no del vehículo, así que se te aplican igual. Si te multan, la empresa de alquiler identifica ante la DGT a quien tenía el contrato ese día y la sanción acaba llegándote a ti. Lo que va con el vehículo es el equipamiento: la baliza V16 tiene que estar a bordo, así que pregunta dónde está guardada al recoger la furgoneta.
Fuentes consultadas
- Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía. Publicado en el BOE el 26 de junio de 2026, en vigor el 1 de octubre de 2026. boe.es.
- Dirección General de Tráfico, nota de prensa del 23 de junio de 2026 sobre la actualización del Reglamento General de Circulación: medidas, cifras y calendario de entrada en vigor. dgt.es.
- Real Decreto 1428/2003, Reglamento General de Circulación, artículos 32 (carriles de emergencia y circulación con nieve), 36 (arcén), 48 (límites de velocidad por tipo de vehículo), 85 y 88 (adelantamiento y vehículos inmovilizados). BOE, texto consolidado.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: artículo 76 (infracciones graves), artículo 80 (cuantías) y anexo II (pérdida de puntos por adelantamiento antirreglamentario). BOE, texto consolidado.
- Dirección General de Tráfico, «Dispositivos de preseñalización V16»: la baliza conectada es el único dispositivo válido desde el 1 de enero de 2026. dgt.es. Importes de la sanción por no llevarla, en race.es.
Última revisión del contenido: . Este es un artículo de actualidad: recoge la reforma que entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Cuando la norma lleve un tiempo aplicándose la revisaremos con los primeros criterios de la DGT sobre cómo se está sancionando.


